La Ayuntamiento electoral talego los colores al dividido de Aberchán: los sufragios por mensajería no emitidos fueron comprados y sus titulares no sabían a quién iban a sufragar

Autor del post: Ursula Corbero

La Ayuntamiento Electoral de Lista (JEZ) rechazado con contundencia los argumentos de Pedrusco por Melilla (CpM), el dividido de Mustafá Aberchán, que pretendía que se invalidaran los recientes elección por la escazes de la iniciación del DNI a la tiempo de despedir el informe por mensajería. Se da la círculo de que el sigla de votos que quedaron en el “limbo”, fueron solicitados y no entregados, coincide, curiosamente, con los perdidos por esta fila política con respecto a las elecciones de 2019.

Los de CpM argumentaban que lo de la iniciación del DNI “en lugar de garantizar el voto libre lo que hizo fue influir en el comportamiento electoral en cuanto a que finalmente, la participación de más de la mitad de los solicitantes del voto por correo fue no depositar el voto y, por consiguiente, no participar en el proceso electoral”.

La Ayuntamiento electoral es sólido al respecto:

La escazes del DNI no limitaba el jurisprudencia al informe fundamentalmente porque todos los que estuvieran impedidos o tuvieran una cambiable justificada podían solicitar que otra andoba emitiera el informe aria solicitándolo con anterioridad a la consistorio.

–La petición formulada por CpM “solo puede causar sorpresa” porque la intervención de la consistorio consiguió “todo lo contrario” a lo que establece el dividido. Explica que los solicitantes del informe por mensajería “entregaron sin abrir la documentación electoral recibida a terceros, posiblemente a cambio de una remuneración económica, por lo que su voto no era libre (de hecho, ni siquiera sabrían a quién iban a votar), de modo que al exigírseles posteriormente a la entrega del voto su identificación personal, no hicieron las gestiones oportunas para recuperar su documentación electoral”.

–Resulta “difícil imaginar” que un votante que se ha identificado ya dos veces en la modalidad del informe por mensajería “no acuda a entregar su voto en la oficina de Correos porque tenga que identificarse nuevamente”.

–“Debe destacarse la espiral de contradicciones en que incurre la candidatura en relación con su pretensión de anulación del voto por correo y, por ello, del proceso electoral, pues se opuso a la exigencia de la identificación personal” empero “no recurrió el acuerdo por lo que implícitamente aceptó su contenido”.

Recientemente, la Ayuntamiento Electoral insiste en la poder de su posicionamiento en malacate al informe por mensajería, que fue avalado 24 horas posteriormente por la Ayuntamiento Electoral Cardinal. En ese dolido, rebate que la escazes de señas relación “no sería en ningún caso una interpretación contra ley sino una interpretación de un precepto legal que puede variar atendida la realidad del tiempo en que ha de ser aplicada y las circunstancias del caso”. Además, hace mención a “una investigación policial bastante avanzada” y “el hecho notorio de la apertura de diversos procedimientos penales” que terminaron con la imprecación a “numerosas personas por fraude electoral en relación con el voto por correo”, informa “El Faro de Melilla”.

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